(La Plata - A1 NOTICIAS) El pasado 14 de junio, la Suprema Corte de Justicia resolvió hacer lugar al recurso extraordinario interpuesto y ampliar la condena ya impuesta a la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de La Plata, disponiendo que, coordinada y solidariamente, provean en un plazo que no exceda de los 60 días a partir de notificada la presente, por la vía y/o modalidad jurídica que corresponda, una vivienda adecuada a la familia constituida por C.P. , D. S. y su hijo menor A.S.
En su caso, y hasta tanto se dé cumplimiento a la aludida prestación, las demandadas deberán cubrir a su exclusivo costo, y dentro de las siguientes 48 horas, el alojamiento de los nombrados en un hotel o complejo habitacional similar que reúna las condiciones arriba explicitadas.
El mencionado fallo que lleva la firma de los ministros Eduardo de Lázzari, Daniel Fernando Soria, Juan Carlos Hitters, Eduardo Pettigiani y Héctor Negri, está sustentado "en la gravedad de los hechos comprobados en la causa y reveladores de la existencia de un grupo familiar en situación de desamparo casi total".
También dispone incluir a la madre en un régimen de subsidios mensual que garantice un equivalente al monto del salario mínimo, vital y móvil mientras no varíen las circunstancias que actualmente lo justifican.
El veredicto judicila, que podría ser utilizado en causas similares como precedente, pretende resolver un tema de larga data en la provincia de Buenos Aires en otras demandas que están sin resolver y remarcan la gravedad de los hechos comprobados y el absoluto desamparo en que se encuentran muchas familias en donde hay algún integrante con discapacidad. (A1 NOTICIAS) |