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| Ya fue publicado en el Boletín Oficial el decreto 1482 con el veto de Cristina Fernández |
| El 82 por ciento para jubilados, es historia |
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El Decreto 1482 que veta la ley del 82% móvil que aprobó el Senado fue publicado en el Boletín Oficial. Entre los considerandos explica que la norma violaría la Ley de Administración financiera al no fijar el origen de los fondos, y prácticamente quebraría la Anses y al Estado
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(A1 NOTICIAS) Se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 1482/2010 que observa en su totalidad el Proyecto de Ley N° 26.649 por el cual se proponía establecer el haber mínimo garantizado en 82% del salario mínimo, vital y móvil fijado para los trabajadores activos.
La presidenta Cristina Fernández firmó el decreto que veta la ley que aprobó el Senado de la Nación. Entre los considerandos explica que la norma que establecería el 82% móvil a las jubilaciones viola la Ley de Administración financiera y de los sistemas de control del Sector Público nacional al no fijar el origen de los fondos.
La Ley de financiamiento plantea en su el artículo 38 que toda ley que autorice gastos no previstos en el presupuesto general deberá especificar las fuentes de los recursos para su financiamiento.
La próxima consideración señala que la promulgación de la Ley que sancionó el Congreso "implicaría prácticamente la quiebra no sólo del Sistema Previsional Argentino sino del propio Estado, ya que lo llevaría a prontos futuros incumplimientos, frustrando el cumplimiento de las finalidades propias de la previsión social, constituyendo una estafa a los jubilados".
Además, plantea que el artículo número 125 de la norma que fija la jubilación mínima en el 82% del salario mínimo, vital y móvil se contradice con la Ley de Movilidad Jubilatoria al establecer un parámetro diferente para designar el monto de los haberes.
El Decreto 1.482 observa, en su artículo primero, la totalidad de la ley denominada por el congreso como la número 26.649, y en el artículo dos lo devuelve al parlamento. La única opción que tiene el parlamento argentino para imponer la vigencia de la frustrada ley, es conseguir los dos tercios de ambas cámaras en el rechazo del derecho presidencial de veto que establece nuestra democracia. (A1 NOTICIAS) |
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