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30 de mayo de 2018

Tarifazos: Hay viene el Capitán “Veto”. Macri ya rechazó varias leyes

Por: Redacción A1 Noticias

Luego de la media sanción obtenida en Diputados para retrotraer las tarifas a noviembre de 2017 y sólo aumenten en relación al IPC o escala salarial, se debate en Senadores. En caso de ser aprobado el mismo proyecto, Macri anunció que vetará el Proyecto. ¿Cuántas leyes rechazó el presidente y qué puede pasar con el proyecto en el Congreso?

(CABA, 30.May.2018 / A1 Noticias) El veto es una atribución del Poder Ejecutivo Nacional a través del cual puede rechazar total o parcialmente los proyectos de ley sancionados por el Congreso de la Nación. El Presidente tiene hasta 10 días hábiles después de la sanción legislativa para usar esta herramienta y su pronunciamiento debe contar con la firma de uno o más ministros del gabinete.

Hasta la discusión en el Senado por el tema de tarifas, Macri lleva vetados siete proyectos de ley aprobados por el Parlamento. Se trata de cuatro vetos totales y tres vetos parciales, que sólo incluyen algunos artículos de la norma planteada por los legisladores.

En los dos años y medio como mandatario, Macri dejó sin efecto la emergencia ocupacional, Ley que contemplaba la llamada “doble indemnización” por despido; una modificación a la Ley de Contrato de Trabajo, que incorporaba la figura del salario mínimo profesional; la declaración de interés nacional de la protección de las personas portadoras de trombofilia, y la expropiación a favor de los trabajadores del emblemático Hotel Bauen.

También utilizó el veto presidencial en un proyecto de ley que establecía un régimen jubilatorio especial para los ex combatientes de la Guerra de Malvinas; también ejerció parcialmente ese derecho con la Ley de Honorarios Profesionales de Abogados, Procuradores y Auxiliares de la Justicia Nacional y Federal y el Régimen de Promoción de la Industria Naval. 

El veto parcial fue incorporado en la Constitución Nacional después de la modificación de 1994 y permite que el Ejecutivo pueda objetar una parte de la norma y no su totalidad. De esta manera, el Presidente puede promulgar parcialmente la parte no vetada, siempre y cuando esta no desvirtúe el espíritu del proyecto sancionado por ambas Cámaras.

En el ranking de los presidentes que menos cantidad de “veto” ejercieron respecto a los proyectos presentados, se ubica Cristina Fernández, seguida por Néstor Kirchner. Los que más lo utilizaron fueron Fernando De la Rúa (Alianza) y Eduardo Duhalde (Partido Justicialista).

¿Que puede hacer el Congreso, en el caso de que el presidente vete una norma aprobada? El artículo 83 de la Constitución nacional, el trámite administrativo es retornar el proyecto a la primera Cámara donde comenzó el debate en el recinto. Para continuar en vigencia, se deberá aprobar con la mayoría especial de dos tercios de los votos, pasa a la Cámara de revisión (si se introdujo en la Cámara de Diputados, la cámara de revisión es el Senado y viceversa). En ambos casos las votaciones son “nominales”, por sí o por no.

Si las dos Cámaras logran los dos tercios de sí, el proyecto culmina en el Ejecutivo y debe ser  promulgado; si en contrario alguna de las Cámaras difiere –o sea no logra alcanzar los dos tercios-, el proyecto pierde “estado parlamentario” y no podrá volver a debatirse en las sesiones de ese año.

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